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Aprobación
del Código de Conducta de los
Miembros de Uruguay Transparente
La
Asamblea aprueba unánimemente
el siguiente Código de Conducta:
Los
miembros de Uruguay Transparente, desde
el momento de su ingreso se comprometen
a:
1)
Respetar, cumplir y hacer cumplir todas
las disposiciones emanadas de sus estatutos
y las decisiones adoptadas por la Asamblea.
2)
Practicar hacia adentro y afuera de
la organización, en su vida pública
y en su vida privada los valores de
transparencia, honradez, honestidad,
solidaridad.
3)
No permitir que consideraciones políticas
partidarias, religiosas, familiares,
amistosas o de Cualquier otra índole,
ajenas a los objetivos de su existencia,
incidan en el funcionamiento de Uruguay
Transparente.
4)
Cumplir con las responsabilidades aceptadas
en el marco de la ejecución del
Plan de Acción resuelto por la
Asamblea Nacional o el Comité
Ejecutivo.
5)
Mantener absoluta reserva sobre la información
referida a denuncias de corrupción
realizadas ante la organización,
en tanto no exista resolución
expresa del Comité Ejecutivo
que autorice la difusión.
6)
En caso de encontrarse a consideración
o estudio de Uruguay Transparente, una
denuncia de corrupción sobre
una institución o persona vinculada
directa o indirectamente con alguno
de los miembros, éste deberá
manifestarlo de inmediato ante el Comité
Ejecutivo y quedar absolutamente al
margen de su tratamiento.
7)
Los miembros de Uruguay Transparente,
están obligados, en cualquier
momento, a requisitoria del Comité
Ejecutivo o la Asamblea Nacional, a
rendir cuentas y pruebas de sus bienes
y patrimonio así como a demostrar
el origen de los mismos.
8)
El incumplimiento por cualquier miembro
con el presente Código de Conducta
podrá ser considerado agravio
o agravio relevante y dar lugar a las
sanciones previstas en el ART. 9, literales
a y b del Estatuto.
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